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Actualizado el Viernes 25 de Setiembre de 2020


Consideran Inoportuno el Tratamiento del Proyecto de Ley de Educación Provincial.


Preocupa que en el proyecto no se le dé un rol importante a la educación artística, además consideran inoportuno que se presente el debate en un contexto de aislamiento.

Si bien el Director General de Escuelas expresa que se va a debatir y aceptar aportes, se va a realizar un congreso pedagógico, se considera que en este contexto no existe el tiempo, ni las condiciones necesario para la discusión en profundidad de la propuesta.

Que no se identifique solo el rechazo solo desde el campo de Educación Artística, sino que proyecto debe estudiarse en profundidad porque contiene enunciados ambiguos, que favorecen la aparición de vacíos legales.

En lo que respecta a la Educación Artística En el Apartado XII del Proyecto dedicado a la misma, si bien coloca fragmentos de la Ley de Educación Nacional 26.206, no contempla muchos otros conceptos vertidos en la misma Ley y fundamentalmente en sus Resoluciones y anexos, elaborados en acuerdos federales y aprobados por el Consejo Federal de Educación, fundamentalmente la Res. 111/10/CFE y su Anexo “La Educación Artística en el Sistema Educativo Nacional” que determina la presencia de la Educación Artística en la enseñanza común obligatoria y en la Formación Específica en Arte, es decir la presencia del Arte en todos los niveles y modalidades del sistema educativo y que incluye a las Escuelas Artísticas Vocacionales de formación específica en Arte, institucionalizada no obligatoria para niños, adolescentes, jóvenes y adultos. Dependen en la actualidad de la Coordinación de Educación Artística de la DGE. En el articulado correspondiente a La Educación Artística de este proyecto las omite, e incluye las “escuelas artísticas” en otros artículos como instituciones de gestión municipal.

En el artículo 76 y en otros apartados del proyecto reduce a la Educación Artística al desarrollo de sensibilidad, la creatividad, el placer estético, la libre expresión y la comprensión de las manifestaciones de la cultura y las artes, ignorando el enfoque de la Educación Artística como campo de conocimiento. La Educación Artística no se define exclusivamente por la expresión y la creatividad, sino que en la contemporaneidad es reconocida como campo de conocimiento portador de sentidos sociales y culturales. En el arte intervienen procesos cognitivos, de planificación, racionalización e interpretación por lo tanto contribuye al desarrollo de habilidades cognitivas (seleccionar, organizar, jerarquizar, categorizar, sintetizar, simbolizar, otorgar sentido) Pone énfasis en la interpretación artística, entendida como procesos de comprensión, producción y análisis crítico, que se relacionan con la contextualización socio-cultural y la construcción de un discurso polisémico operando en la transformación de la realidad de los jóvenes y la ciudadanía en su conjunto. La Educación Artista aporta al desarrollo de capacidades fundamentales para la Formación de Ciudadanía, para la formación en el mundo del Trabajo y en el ámbito de la Cultura.

 

 

 


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