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Actualizado el Lunes 20 de Junio de 2022


La Tormenta de Santa Rosa alcanzó a Sergio Salgado


El Tribunal Penal Colegiado de San Martín decidió apresar al dirigente peronista, luego de dos fallos de tribunales superiores conocidos en los últimos días.

El Tribunal Penal Colegiado de San Martín, ordenó detener al ex intendente de Santa Rosa Sergio Salgado. La decisión judicial fue sorpresiva dado que todavía no vence el plazo de 10 días hábiles para que su defensa presente el recurso extraordinario a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para reclamar por la sentencia conocida hace unos días de la Corte local.

En la mañana de hoy Salgado fue citado para notificarle que sería arrestado el próximo martes pero terminó detenido al mediodía. El abogado del ex intendente señaló a Los Andes que presentará un hábeas corpus y que seguirá con el recurso extraordinario ante la Corte nacional. El ex intendente permace detenido en la comisaría del barrio San Pedro de San Martín, esperando el traslado del Servicio Penintencio. Todavía se desconoce dónde será alojado el santarrosino, aunque se especula que irá al penal de San Felipe y compartirá pabellón con otro ex intendente: Luis Lobos.

Los jueces Armando Martinez (Juez Presidente), Viviana Morici (Jueza vocal) y Zaida Landini (Jueza vocal) le negaron dos pedidos a su abogado: prescripción de la causa y prisión domiciliaria. Ahora lo trasladan a una penitenciaría en Ciudad, y estará allí hasta que le designen dónde va a quedar preso.

Según trascendió, ni Salgado ni su abogado esperaban este desenlace porque no había ido preparado para eso. Se supo que tuvo que llamar a un familiar que le lleve un bolso con pertenencias personales y ropa.

SALGADO ESTABA ACUSADO DE CORRUPCIÓN

En junio de 2018, Salgado fue condenado por varios delitos, a cinco años de prisión e inhabilitación perpetua para ocupar cargos publicos, por el mismo tribunal que lo acaba de detener.

Uno de los delitos fue el manejo irregular que la comuna hizo de los fondos que generó la playa de estacionamiento de La Salada, entre 2013 y 2016, donde también están imputados el concejal Marcial Ibarra (45) y su jefe de Acción Social, Flavio Araya (39). Salgado fue condenado como autor del delito de concusión y a los otros como partícipes necesarios.

También fue encontrado culpable de malversación de fondos por no haber construido una planta de destete que por convenio, la comuna acordó con el Iscamen y por el que recibió $ 1,5 millón. También fue condenado por desobediencia por no contestar un requerimiento de Fiscalía de Estado sobre una licitación. También fue condenado por administración infiel, por la emisión de cheques del municipio en la compra trucha de combustible a un lubricentro que nunca fue proveedor de la comuna.

En los últimos días, Sergio Salgado sufrió varios reveses judiciales. El 31 de mayo pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó por unanimidad, una serie de cuestionamientos formulados por Sergio Salgado, ex intendente de Santa Rosa, Mendoza, contra la sentencia que lo condenó a cinco años de prisión e inhabilitación absoluta para ejercer cargos en una causa por corrupción. De esta manera, la condena de 2018 quedaba firme.

Pero mientras la Corte nacional resolvía ese caso que finalmente salió en contra del ex Intendente, su defensa había planteado la prescripción de dos de los delitos por los que Salgado fue condenado. Esta semana, llegó el golpe de gracia.

El martes pasado, la Sala Segunda de la Suprema Corte de Mendoza estableció la imprescriptibilidad de los delitos de corrupciónal tratar la apelación del Ministerio Público Fiscal contra el sobreseimiento del ex Intendente de Santa Rosa, en las causas por malversación de caudales públicos por la planta de destete y desobediencia por no responder un requerimiento de Fiscalía de Estado.

Salgado venía ganando y había obtenido del Tribunal Penal Colegiado de San Martín la prescripción de esas dos condenas. Pero la Suprema Corte de Justicia de Mendoza decidió revertir esa decisión anterior y declarar que los delitos de corrupción no prescriben.

La Sala Segunda invocó el artículo 36 de la Constitución Nacional, donde se señala: “Esta Constitución mantendrá su imperio aún cuando se interrumpiere su observancia por actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático (...) Sus autores serán pasibles de la sanción prevista en el artículo 29, inhabilitados a perpetuidad para ocupar cargos públicos y excluidos de los beneficios del indulto y la conmutación de penas (...) Las acciones respectivas serán imprescriptibles (…) Atentará asimismo contra el sistema democrático quien incurriere en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento, quedando inhabilitado por el tiempo que las leyes determinen para ocupar cargos o empleos públicos”.

La decisión lleva la firma de la Ministra Teresa Day y de las camaristas civiles Gladys Marsala y Silvina Miquel, conformando la Sala Segunda, en reemplazo de los Ministros Mario Adaro, Omar Palermo y José Valerio, apartados por haber actuado en otra instancia, sobre este mismo proceso.

Fuente: Diario Los Andes


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